Art. 17 fr. XII apartado A
Obligaciones LFPIORPI de una notaría
No todos los actos que pasan por tu protocolo se reportan igual. Unos tienen umbral, otros son objeto de aviso siempre, y la reforma de julio de 2025 movió varios de ellos.

De los cinco incisos del apartado A, tres generan aviso sin importar el monto y dos solo al rebasar su umbral. Lo que decide qué se reporta no es el tamaño de la operación sino el inciso que aplica — y resolver ese criterio en cuanto el acto entra al protocolo es exactamente lo que hace la plataforma.
El camino de un acto
Del otorgamiento al acuse
- 01
Otorgamiento
El acto entra una vez, con sus otorgantes y sus valores.
- 02
Inciso aplicable
La plataforma resuelve el inciso del apartado A y si hay aviso, y desde qué monto.
- 03
Expediente y listas
Identificación del otorgante y escrutinio de listas, con constancia.
- 04
Grado de riesgo
Bajo, medio o alto desde el alta, como exigen las nuevas Reglas.
- 05
Aviso y acuse
Preparado antes del día 17; el acuse queda junto al acto.
Sin umbral
Actos que siempre son objeto de aviso
En estos tres incisos no hay monto mínimo. Si el acto se otorga, el aviso se presenta.
XII.A.b · siempre
Otorgamiento de poderes para actos de administración o dominio con carácter irrevocable La irrevocabilidad es el elemento que detona la obligación: un poder revocable no queda comprendido en este inciso.
XII.A.c · siempre
Constitución de personas morales, modificación patrimonial por aumento o disminución de capital, fusión o escisión, y compraventa de acciones y partes sociales La reforma de julio de 2025 eliminó el umbral que tenía este inciso. Hoy no hay monto mínimo.
XII.A.e · siempre
Otorgamiento de contratos de mutuo o crédito, con o sin garantía, cuando el acreedor no forme parte del sistema financiero
Con umbral
Actos que solo se avisan al rebasar un monto
Aquí sí hay que medir. Los dos incisos con umbral son la transmisión de derechos reales sobre inmuebles y los fideicomisos traslativos o de garantía.
XII.A.a · desde 8,000 UMA
Transmisión o constitución de derechos reales sobre inmuebles Se toma el valor más alto entre precio pactado, valor catastral, valor comercial o monto garantizado por suerte principal. Se exceptúan las garantías a favor de instituciones del sistema financiero u organismos públicos de vivienda.
XII.A.d · desde 4,000 UMA
Constitución o modificación de fideicomisos traslativos de dominio o de garantía Se exceptúan los constituidos para garantizar créditos a favor de instituciones del sistema financiero u organismos públicos de vivienda.
Qué valor se toma en la transmisión de inmuebles
Este es el punto donde más seguido se equivoca el cálculo. La ley no dice «el precio»: dice que se tome el que resulte más alto entre el precio pactado, el valor catastral, el valor comercial del inmueble y, en su caso, el monto garantizado por suerte principal.
Una operación cuyo precio pactado queda por debajo del umbral puede rebasarlo por valor catastral o comercial. Si tu control interno solo mira el precio, vas a dejar de presentar avisos que sí eran obligatorios.

DOF 16-07-2025
Lo que cambió en julio de 2025
Inmuebles: de 16,000 a 8,000 UMA
El umbral de aviso por transmisión de derechos reales sobre inmuebles se redujo a la mitad. Muchos manuales internos siguen citando la cifra anterior.
Sociedades: el umbral desapareció
La constitución de personas morales, los cambios de capital, la fusión, la escisión y la compraventa de acciones y partes sociales ahora son objeto de aviso siempre, sin monto mínimo.
Fideicomisos: umbral propio de 4,000 UMA
Los fideicomisos traslativos de dominio o de garantía quedaron con su propio umbral, distinto del de inmuebles.
Nuevo apartado D: personas facilitadoras
Las personas facilitadoras públicas y privadas de la Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias quedaron sujetas a las obligaciones de este mismo apartado A.
Art. 33 · 8,025 UMA
Identificar la forma de pago en el instrumento
Aparte del aviso, el artículo 33 obliga a las personas depositarias de fe pública a hacer constar en el instrumento la forma en que se pagaron las obligaciones cuando la operación alcanza 8,025 UMA.
Por debajo de esa cifra, y cuando el acto ya se pagó total o parcialmente antes de la firma, basta la declaración bajo protesta de decir verdad del cliente.
El enfoque basado en riesgo también pasa por tu protocolo
El Acuerdo 115/2026 exige a cada sujeto obligado una metodología de riesgo propia y un grado de riesgo por cada cliente. Las Reglas entran en vigor el 30 de noviembre de 2026 y tu evaluación debe estar a disposición de la autoridad el 1 de marzo de 2027. LexSeal lo integra al flujo del protocolo.
Art. 10 Septies
Metodología propia
Elementos, indicadores y mitigantes con los valores de tu organización, adoptada formalmente y con constancia escrita, exportable para anexarse al Manual.
Cap. III Bis
Grado de riesgo por cliente
Bajo, medio o alto desde el alta, con reevaluación periódica — más frecuente cuanto mayor el grado. Los supuestos que la ley marca como alto se imponen siempre.
Art. 23 Ter
Diligencia a la medida
Medidas simplificadas documentadas para el grado bajo y diligencia reforzada para el alto, activada de forma automática.
Cómo lo resuelve LexSeal
Clasificación por inciso
Cada acto que registras se clasifica contra el inciso que le corresponde, y la plataforma te dice si genera aviso y desde qué monto.
El valor más alto, calculado
Capturas precio, catastral, comercial y monto garantizado; el umbral se evalúa contra el mayor de los cuatro, no contra el que tengas a la mano.
Expediente del otorgante
Identificación de persona física o moral con la documentación que exige la ley, y el beneficiario controlador cuando aplica.
Aviso y acuse
Preparación del aviso mensual antes del día 17 y resguardo del acuse junto con el expediente que lo sustenta.
Clasifica un mes real de tu protocolo
Agenda una demo y te mostramos, acto por acto, cómo quedaría clasificado y qué avisos generaría.
Agendar demoLexSeal es una plataforma tecnológica y no brinda asesoría legal. El cumplimiento de las obligaciones en materia de PLD corresponde al sujeto obligado.