La plataforma
Cumplimiento LFPIORPI, de punta a punta
Desde que el acto entra al protocolo hasta que resguardas el acuse del aviso, con la evidencia ordenada para cuando la autoridad la pida — y sin capturar dos veces lo que ya está en el instrumento.

LexSeal está construida alrededor de una idea: en fe pública, el cumplimiento no se organiza por cliente sino por acto. Cada instrumento que autorizas cae en un inciso de la fracción XII, y ese inciso determina si hay aviso, desde qué monto y con qué información.
Los umbrales que usa la plataforma provienen del texto vigente de la LFPIORPI, con su reforma del 16-07-2025.
El flujo completo
Del protocolo al acuse, sin recapturar
Un solo flujo continuo: cada paso alimenta al siguiente y todo deja evidencia. Tú conservas el control — y la plataforma, el registro.
- 01
Alta del acto
El instrumento entra una vez, con sus otorgantes y sus valores.
- 02
Clasificación por inciso
Apartado A o B, su inciso, y si genera aviso y desde qué monto.
- 03
Expediente del otorgante
Persona física o moral, con la documentación que exige la ley.
- 04
Listas y beneficiario
Escrutinio de listas con constancia, y beneficiario controlador cuando aplica.
- 05
Aviso al SAT
Preparado antes del día 17 del mes siguiente, automatizado o asistido.
- 06
Evidencia
Todo queda resguardado y reconstruible por 10 años.
Enfoque basado en riesgo, integrado
El Acuerdo 115/2026 exige a cada sujeto obligado una metodología de riesgo propia y un grado de riesgo por cliente. LexSeal lo trae como parte del flujo, no como un módulo aparte: el grado se calcula desde el alta del otorgante y acompaña cada acto.
Art. 10 Septies · Metodología
Metodología de riesgo propia
Elementos, indicadores y mitigantes con los valores de tu organización. Tu notaría o correduría la revisa, la ajusta y la adopta formalmente, con constancia escrita y exportable para anexarse al Manual.
Cap. III Bis · Grado de riesgo
Grado de riesgo por cliente
Bajo, medio o alto desde el alta, con reevaluación automática según la cadencia que marca la ley — más frecuente cuanto mayor el grado. Los supuestos que la ley obliga a clasificar como alto se imponen siempre.
Art. 23 Ter · Diligencia reforzada
Diligencia a la medida del grado
Medidas simplificadas documentadas para el riesgo bajo y diligencia reforzada para el alto, activada de forma automática — nunca a criterio del momento.
Art. 41 · Evidencia
Cada evaluación, reconstruible
Toda evaluación conserva sus entradas y la versión de la metodología con que se calculó, dentro de los 10 años de resguardo que exige la ley.
Los módulos
Todo lo que exige la fracción XII, en un solo lugar
Cada módulo cubre una obligación concreta y deja su propia evidencia. El escrutinio de listas corre con tecnología de AmigoApi, la plataforma especializada en listas negras para PLD en México.
Art. 17 fr. XII
Clasificación de actos
El acto entra una vez y la plataforma determina el inciso aplicable. En inmuebles, el umbral se mide contra el valor más alto entre precio, catastral, comercial y monto garantizado. Los actos sin monto mínimo se marcan como tales.
Art. 18
Expediente de identificación
Persona física o moral, cada tipo con su propio conjunto de requisitos documentales, y control de vigencia para que ningún expediente envejezca en silencio.
Cap. IV Bis
Beneficiario controlador
Registro de la estructura de control hasta la persona física que decide, con la evidencia de cada escalón — y de quién era el beneficiario al momento del acto.
Listas de personas bloqueadas
Escrutinio con constancia
OFAC SDN, lista consolidada de la ONU, SAT 69-B y 69-B Bis. Queda registro de qué se consultó, contra qué lista y en qué fecha.
Antes del día 17
Avisos al SAT
El aviso mensual se prepara con la información ya capturada, automatizado o asistido — el control final es tuyo. El acuse se guarda junto al acto que lo sustenta.
10 años
Resguardo y evidencia
Expedientes, constancias y acuses conservados por el plazo legal, exportables ordenados por acto y por periodo — como los pide la autoridad. Aislamiento total por organización.
Transitorios · Acuerdo 115/2026
La ley ya tiene fechas. Tu cumplimiento también debería.
Las nuevas obligaciones entran escalonadas. Este es el calendario que aplica a los sujetos obligados:
30 de noviembre de 2026
Entran en vigor las nuevas Reglas de Carácter General
El Acuerdo 115/2026 sustituye las reglas anteriores. Toda obligación sin plazo especial aplica desde este día.
1 de marzo de 2027
Evaluación de riesgo, Manual y grado por cliente
Tu evaluación con enfoque basado en riesgo y tu Manual — con la metodología anexada — deben estar a disposición de la autoridad, y cada acto se celebra con el grado de riesgo del cliente asignado.
1 de junio de 2027
Mecanismos automatizados en operación
El sistema que exige el artículo 18, fracción X de la Ley: expediente consultable, acumulación de operaciones por cliente y alertas.
Durante todo 2027
Primer periodo anual de capacitación
El primer ciclo de capacitación en materia de PLD para el personal corre del 1 de enero al 31 de diciembre de 2027.
Durante todo 2028
Primera auditoría anual
El primer periodo de revisión — interna o externa, según el grado de riesgo de la organización — cubre el ejercicio 2028.
Fecha por publicarse
Avisos de 24 horas
Exigibles seis meses después de que se publique la resolución con los nuevos formatos oficiales de avisos.
Pide una demo y déjate sorprender
Agenda una demo y verás todo lo que la plataforma puede hacer por tu notaría o correduría — con la mejor experiencia de uso de la industria, por mucho.
Agendar demoLexSeal es una plataforma tecnológica y no brinda asesoría legal. El cumplimiento de las obligaciones en materia de PLD corresponde al sujeto obligado.